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Ordenamiento territorial: la propiedad privada exige garantías por escrito

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Ordenamiento territorial: la propiedad privada exige garantías por escrito

La tranquilidad de quienes han construido un patrimonio no puede depender únicamente de declaraciones oficiales. Cuando un proyecto de ordenamiento territorial incorpora mecanismos relacionados con el valor de los inmuebles, su aprovechamiento y posibles intervenciones sobre terrenos privados, las garantías deben quedar establecidas por escrito.

Ese es el punto que sigue sin resolverse en torno al Programa de Ordenación de la Zona Metropolitana del Valle de México (POZMVM), actualmente sometido a consulta pública.

Aunque las autoridades federales y capitalinas aseguran que el programa no aumentará por sí mismo el impuesto predial ni modificará los derechos de propiedad, algunas de sus propuestas han generado cuestionamientos por sus posibles consecuencias patrimoniales.

El 5 de noviembre, durante una reunión del Congreso capitalino con representantes de SEDATU y de la Secretaría de Planeación, Ordenamiento Territorial y Coordinación Metropolitana (METRÓPOLIS), volvió a plantearse la necesidad de revisar disposiciones que podrían afectar a los propietarios si posteriormente fueran incorporadas a leyes o instrumentos locales.

Las propuestas que preocupan a los propietarios

Entre los mecanismos cuestionados aparecen la actualización de valores catastrales hacia valores comerciales, contribuciones relacionadas con plusvalías, medidas sobre terrenos baldíos o subutilizados y figuras de venta forzosa mediante subasta pública.

Son instrumentos distintos, pero todos requieren reglas precisas y límites claramente establecidos.

Acercar los valores catastrales a los comerciales podría modificar la base para calcular contribuciones inmobiliarias si esa medida llegara a incorporarse a la legislación fiscal. No significa que el predial aumente automáticamente, pero tampoco es una discusión menor para las familias propietarias.

Las medidas sobre predios subutilizados plantean otra pregunta: ¿quién determinaría que un inmueble no está siendo aprovechado adecuadamente y con qué garantías podría defenderse su propietario?

La discusión no concierne únicamente a grandes desarrolladores. La certeza sobre el uso, el valor y las condiciones legales de una propiedad importa también a quienes poseen una casa, un departamento o un terreno como parte de su patrimonio familiar.

Las autoridades prometieron revisar el documento

El 18 de octubre, SEDATU y los gobiernos integrantes del Consejo de Desarrollo Metropolitano acordaron revisar los capítulos 7, Instrumentación, y 8, Gestión y Gobernanza, ante las inquietudes expresadas durante la consulta.

La dependencia aclaró que el POZMVM tiene carácter orientador: no crea impuestos, no modifica directamente los usos de suelo ni autoriza por sí mismo la aplicación de las medidas propuestas.

Sin embargo, que una disposición no tenga efectos inmediatos no elimina la necesidad de examinar sus posibles consecuencias futuras, especialmente cuando podría servir de referencia para decisiones legislativas o administrativas.

En la reunión del 5 de noviembre se solicitó retirar nueve disposiciones relacionadas con el patrimonio inmobiliario. Hasta ese encuentro no se había presentado públicamente una versión corregida que permitiera identificar cuáles serían eliminadas, modificadas o conservadas.

Una consulta pública que también debe rendir cuentas

La consulta del POZMVM comenzó el 24 de septiembre y concluirá el 22 de noviembre. SEDATU habilitó formularios digitales, buzones físicos y encuentros presenciales en distintas alcaldías para recibir observaciones.

El calendario incluye foros en Cuajimalpa, Coyoacán, Tlalpan y Venustiano Carranza durante noviembre. Este último está programado para el 20 de noviembre, apenas dos días antes del cierre de la consulta.

La metodología oficial establece que las aportaciones serán registradas, clasificadas y sometidas a una valoración técnica y jurídica para determinar si proceden, parcialmente o no.

Pero el procedimiento deja una pregunta fundamental: ¿cómo podrán comprobar los ciudadanos que sus objeciones fueron atendidas y no solamente registradas?

Las autoridades anuncian mecanismos de seguimiento y sistematización, pero todavía deben demostrar cómo se reflejarán las observaciones en el documento definitivo, especialmente las relacionadas con valores catastrales, aprovechamiento de predios y derechos patrimoniales.

Una consulta pública no puede convertirse en un trámite para legitimar decisiones previamente tomadas. Su credibilidad dependerá de que las autoridades transparenten qué propuestas recibieron, cuáles rechazaron, por qué y qué modificaciones realizaron.

El patrimonio de los ciudadanos no puede quedar sujeto a una consulta cuya eficacia todavía está por demostrarse.

Cecilia Garnica

Cecilia Garnica es colaboradora de CDMX Al Día, medio digital dedicado a informar sobre la actualidad, acontecimientos y vida cotidiana de la Ciudad de México y sus 16 alcaldías.

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